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NIIF para Pymes en Chile: guía práctica para contadores

Qué son las NIIF para Pymes, cuáles secciones aplican en Chile, qué cambios introduce la 3ª edición (vigente desde 2027) y cómo prepara tu cliente MYPE para cumplir.

Las NIIF para Pymes (Normas Internacionales de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades) son la norma contable oficial para empresas chilenas que no cotizan en bolsa. En Chile son obligatorias desde 2013, adoptadas por el Colegio de Contadores A.G. mediante Boletín Técnico N°82.

Si llevas la contabilidad de clientes MYPE, esto es lo que necesitas saber en 2025–2026.

Las secciones que más aplican a MYPE chilenas

De las 35 secciones de la norma, estas son las que aparecen en casi todos los clientes:

Sección Tema Qué debes revisar
Sec. 4 Estado de Situación Financiera Clasificación corriente/no corriente
Sec. 5 Estado de Resultado Integral Presentación por naturaleza o por función
Sec. 7 Flujo de Efectivo Método indirecto (ajustes al resultado)
Sec. 13 Inventarios Costo promedio ponderado o FIFO
Sec. 17 PPE Vida útil, depreciación, deterioro
Sec. 20 Arrendamientos Operativo vs. financiero
Sec. 29 Impuesto a las Ganancias Impuesto corriente y diferido

Lo que cambió con la 3ª edición (vigente desde enero 2027)

El IASB publicó la 3ª edición de NIIF para Pymes en 2024. En Chile, su aplicación obligatoria comienza el 1 de enero de 2027, con adopción anticipada permitida. Los cambios más relevantes para MYPE:

  • Sec. 2: nuevos conceptos de reconocimiento y medición, más alineados con NIIF completas
  • Sec. 17 PPE: eliminación de la opción de costo-depreciación simple; mayor detalle en deterioro
  • Sec. 29: mayor énfasis en impuesto diferido (cambio relevante para empresas con diferencias temporales)

Si tus clientes tienen activos fijos relevantes o impuestos diferidos, conviene empezar la preparación en 2026.

El régimen Pro-Pyme y el impacto contable

Las MYPE acogidas al régimen Pro-Pyme (Art. 14D, D.L. 824 según Ley 21.755) pagan un IDPC del 12,5% entre 2025 y 2027. Esto tiene consecuencias directas en la contabilización del impuesto (Sec. 29):

  • La tasa a usar para calcular el impuesto corriente es 12,5% (no 27%)
  • Si hay diferencias temporales, la tasa del impuesto diferido también es 12,5% mientras dure el régimen transitorio

Nunca uses 27% para un cliente Pro-Pyme sin verificar primero su régimen tributario en el SII.

Secciones pendientes en sistemas de pequeña empresa

Dos secciones que los sistemas más básicos suelen omitir:

  • Sec. 8 (Notas a los EEFF): obligatoria para presentación formal ante bancos, SERCOTEC o inversionistas
  • Sec. 29 (Impuesto diferido): relevante si hay diferencias entre la base tributaria y la base contable de activos o pasivos

Si tu cliente necesita presentar EEFF auditados o solicitar financiamiento, estas secciones no son opcionales.


Referencias normativas: NIIF para Pymes 2ª ed. (BT N°82, Colegio de Contadores A.G.); NIIF para Pymes 3ª ed. IASB 2024 (vigente Chile enero 2027); D.L. 824 Art. 14D (Ley 21.755).

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